Trámites

Empadronamiento

Inscripción en padrón

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que reside habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que resida durante más tiempo al año.

Volante individual, colectivo o histórico

El volante de empadronamiento es un documento informativo expedido por el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio que acredita el domicilio habitual de una persona y su inscripción en el padrón municipal.

Certificado individual, colectivo o histórico

El certificado de empadronamiento es un documento que acredita de manera fehaciente la residencia y el domicilio habitual de una persona.

Plazo de presentación

Continuo

Formas de presentación

INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN

De forma presencial el Registro General del Ayuntamiento. Solicitud.
En el caso de menores de edad, la solicitud deberá realizarla el padre, la madre o el tutor legal.
En el caso de personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, la solicitud deberá realizarla su representante legal.

 

VOLANTE INDIVIDUAL, COLECTIVO O HISTÓRICO

    • A través de la Sede Electrónica (con certificado electrónico).
    • De forma presencial en el Registro Municipal de lunes a viernes no festivos de 8:30 a 14:30 horas (sólo personas físicas). Solicitud.
    • En los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

CERTIFICADO INDIVIDUAL, COLECTIVO O HISTÓRICO

    • A través de la Sede Electrónica (con certificado electrónico).
    • De forma presencial en el Registro Municipal de lunes a viernes no festivos de 8:30 a 14:30 horas (sólo personas físicas). Solicitud.
    • En los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación

INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN

1. Para todos:

  • Hoja de empadronamiento cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad y en el caso de menores por los padres o tutores. Descarga de la hoja de empadronamiento en este enlace.
  • Documentación acreditativa de la identidad:

Españoles: DNI (obligatorio para mayores de 14 años).

Extranjeros: ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza deberán aportar el certificado de registro de ciudadano de la Unión, junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte.

Resto: tarjeta de identidad de extranjero o pasaporte.

Menores de edad (Hasta los 14 años): libro de Familia o Certificado de nacimiento y DNI si lo tuvieran.

Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para los mayores de edad.

 

2. Para menores no emancipados:

Libro de familia o certificado de nacimiento.

Si solo un progenitor está empadronado:

  • Resolución judicial sobre la guarda y custodia (si existe).
  • Consentimiento del otro progenitor o autorización judicial para el cambio de domicilio.
  • En caso de imposibilidad de obtener el consentimiento, declaración responsable justificando la situación.

 

Si la guarda y custodia es compartida y no se indica el lugar de empadronamiento:

  • Mutuo acuerdo de ambos progenitores.
  • Resolución judicial que se pronuncie sobre el empadronamiento.

 

 

3. Para personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica:

Autorización o resolución judicial que acredite la representación.

 

 

4. Para acreditación del domicilio:

Titular de la vivienda:

  • Título de propiedad (Escritura, contrato de compraventa, factura de luz o agua…) con una antigüedad no superior a tres meses.

 

Arrendatario:

  • Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual.
  • Último recibo de alquiler.
  • Autorización de persona empadronada:
  • Título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler…).
  • Fotocopias de los documentos de identidad de los autorizantes.

 

VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO

Datos de identificación. De conformidad con lo establecido en el artículo 66.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes que se formulen deberán de contener el nombre y los apellidos del interesado y el artículo 9 regula cual es el sistema de identificación de los interesados.

 

CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO

  • Datos de identificación. De conformidad con lo establecido en el artículo 66.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes que se formulen deberán de contener el nombre y los apellidos del interesado y el artículo 9 regula cual es el sistema de identificación de los interesados.
  • Pago de la tasa de expedición de documentos administrativos (10 euros).